El derecho penal no debe aplicarse a la libertad de expresión y
ser un instrumento para silenciar las radios comunitarias en Chile, plantean
organizaciones dedicadas a la comunicación ante el cierre de emisoras de este
tipo en este país austral. En 2009, siete radios comunitarias fueron cerradas
por transmitir sin licencia, acusadas de interceptación de telecomunicaciones,
lo que según la Ley General de Telecomunicaciones supone sanciones que van de
multas e incautación de equipos hasta penas de prisión.
"Hay que impedir que más radios comunitarias sean
silenciadas con la aplicación del derecho penal a la libertad de
expresión", dijo a IPS Juan Enrique Ortega, de la no gubernamental
Educación y Comunicaciones (ECO).
Radio Sin Tierra es una de las radios silenciadas. Se trata de
una iniciativa de vecinos y estudiantes que trabajan voluntariamente en la
emisora de Peñalolén, un sector popular del sureste de Santiago.
Estoy en calidad de imputado por simplemente estar comunicando, por nuestra libertad de poder comunicarnos con el resto de la comunidad", dijo a IPS Fidel Galaz, uno de los radiodifusores de la emisora clausurada.
Estoy en calidad de imputado por simplemente estar comunicando, por nuestra libertad de poder comunicarnos con el resto de la comunidad", dijo a IPS Fidel Galaz, uno de los radiodifusores de la emisora clausurada.
"Todos tienen derecho a comunicarse, más allá de si cuenta
o no con los recursos para pagarle a la Subtel", enfatizó en referencia a
la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que se ocupa del otorgamiento de las
licencias para operar el espectro radioeléctrico, un requisito que exige una
inversión de la que esta radio comunitaria no dispone, al igual que otras
muchas.
ECO estima que en Chile se debe invertir el equivalente de 2.000
dólares para postular a una licencia, sin que en contrapartida exista un
sistema de subsidios destinado a promover la comunicación comunitaria y la
igualdad de acceso.
Galaz rechazó el ofrecimiento del tribunal de una salida
alternativa que suponía acoger la denuncia en su contra y terminar sus
transmisiones, para liberarlo de posibles condenas.
Para este comunicador eso significaba el abandonar un proyecto
colectivo y aceptar que los silenciaran. De ser condenado, se arriesga a tener
que pagar una alta suma en multas y a una pena de hasta tres años de prisión.
La exigencia de terminar con lo que denominan la criminalización
del ejercicio de la radiodifusión, es uno de los motores de la plataforma
social conformada por la Asociación Mundial de Radios Comunitarias (Amarc), la
local Red de Medios de los Pueblos (RMP), la Escuela de Periodismo de la
Universidad de Chile, ECO y la Corporación La Morada.
La presidenta para América Latina de Amarc, María Pía Matta,
dijo a IPS que "la coerción por parte de los estados y aplicar el derecho
penal en esa materia nos parece que es atrasado".
Matta subrayó que al criminalizar la radiodifusión comunitaria,
Chile " no está cumpliendo con los estándares internacionales a la que
todos los gobiernos de América Latina se han suscrito a través del Pacto de San
José de Costa Rica", como se conoce la Convención Americana sobre Derechos
Humanos, vigente desde 1978.
En su visita a Chile en septiembre, la Relatora por la Libertad
de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Catalina Botero,
sostuvo que "el derecho penal no está hecho para perseguir" a quienes
ponen emisoras comunitarias. "El derecho penal está hecho para perseguir
asesinos, ladrones, estafadores" y no a comunicadores, aseguró.
En América Latina, solo Chile y Brasil mantienen la transmisión
sin licencia como un delito penal.
Las organizaciones de comunicación y las radios comunitarias
exigen que se derogue el artículo 36b de la Ley General de Telecomunicaciones,
que califica de delito penal emitir sin licencia y es una herencia de la
dictadura del general Augusto Pinochet (1973-1990).
La norma nació en 1982 como un Decreto Supremo de Pinochet, con
el fin de perseguir y acallar a los medios opositores.
Pasados 20 años de la recuperación de la democracia, solo ahora
el ya saliente gobierno de Michelle Bachelet se ha mostrado dispuesto a enviar
al bicameral Congreso legislativo un proyecto de ley que elimine la
criminalización de la radiodifusión comunitaria sin licencia.
"El Gobierno se comprometió a estudiar y enviar un proyecto
de un solo artículo que modifique la ley vigente, de manera de evitar las penas
corporales para estos delitos", sostuvo la ministra de la Secretaría
General del Gobierno, Pilar Armanet.
La iniciativa se enviaría al comenzar marzo, en las vísperas de
que el día 11 la socialista Bachelet entregue la presidencia a Sebastián
Piñera, el multimillonario empresario de derecha que ganó las elecciones del 17
de enero.
Así que sólo si el Ejecutivo establece un trámite de urgencia la
derogación de la medida no quedaría atrapada entre las prioridades legislativas
que establezca el nuevo gobierno.
Para la presidenta regional de Amarc, además no hay certeza
sobre cuál sería la posición en la materia del gobierno de Piñera.
Y en cualquier caso, aunque se elimine la pena de prisión para
la radiodifusión sin licencia, se mantendría la incautación de bienes y la
imposición de multas.
El informe sobre Radiodifusión en Chile, producido por RMP y ECO
y difundido en diciembre, revela que casi la totalidad de las acciones
judiciales fueron interpuestas por miembros de la Asociación Nacional de
Radiodifusores de Chile, que agrupa a las emisoras comerciales.
Para la RMP se trata de una persecución con tintes ideológicos y
de imposición de las reglas del mercado, donde las comunicaciones son vistas
solo como un negocio, y que se traduce en el hostigamiento a los comunicadores
comunitarios y su criminalización por la justicia.
Esa persecución "implica que se hace un rastreo, un
seguimiento de quienes son las personas que están tras los medios comunitarios
con el fin de denunciarlos a la Secretaría de Telecomunicaciones o directamente
al Ministerio Público", dijo a IPS Paulina Acevedo, integrante de RMP.
Los radiodifusores comunitarios recibieron en enero una noticia
que les tiene satisfechos a medias. En enero, el parlamento aprobó una ley que
crea los servicios de radiodifusión comunitaria, lo que beneficiaría a las
cerca de 400 radios comunitarias con licencia en el país, que actualmente
funcionan bajo la figura de radios de mínima cobertura.
La nueva ley, que está a la espera de su promulgación por
Bachelet, reconoce legalmente su carácter social y comunitario, ofrece algunas
mejoras técnicas, como el aumento de su potencia a 25 vatios, y amplia las
concesiones hasta 15 años.
RMP, que agrupa a más de 50 medios comunitarios de distinto
tipo, considera un avance la nueva norma, pero también alerta que supondrá una
restricción para la proliferación de estos medios, ya que las relega a un
segmento que limitará la posibilidad de concesiones.
También cuestiona que las emisoras tengan que ser certificadas
como "comunitarias" por la División de Organizaciones Sociales de la
Secretaría General del Gobierno, porque condiciona el permiso a la voluntad de
turno de un gobierno, lo que facilitará abusos y arbitrariedades.
Para Ortega, de ECO, el problema es que no se entiende que el
derecho a la comunicación es parte esencial de los derechos humanos. "Para
avanzar en el reconocimiento y garantizar la libertad de expresión hay que democratizar
las comunicaciones, y eso no se logra con esta ley", agregó.
Según la ley, las radios comunitarias no podrán ocupar más de
cinco por ciento del espectro radioeléctrico chileno.
Las organizaciones sociales y los radiodifusores comunitarios
han planteado al gobierno saliente que este mes se realice una mesa de trabajo
especial, con amplia participación de la sociedad civil, para discutir los
criterios para la redacción del reglamento que determinará la aplicación de la
ley de Radios Comunitarias.
En esa instancia, podría adecuarse mejor las normas de
cumplimiento a la realidad de estos medios populares, y al mismo tiempo
impulsar que quede derogado antes del 11 de marzo el artículo que faculta que a
los comunicadores comunitarios se les aplique el Código Penal.
PAMELA SEPULVEDA
IPS
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