AMARC
LLAMA AL ESTADO CHILENO A DEROGAR PENALIZACIÓN DE RADIOS COMUNITARIAS
A raíz del
allanamiento y detención de cuatro comunicadores de Radio Manque, en la ciudad
de Rancagua, que es miembro de la mesa directiva de AMARC Chile, el capítulo
chileno de la Asociación Mundial de Radios Comunitarias en nuestro país condena
este cuarto atentado a la radiodifusión comunitaria en lo que va del año, pues
ningún acto de libertad de expresión puede seguir siendo penalizado en Chile.
Es por ello que en
el marco del XVI Seminario regional radios comunitarias de Chile organizado por
ANARCICH este 15 de octubre, demandamos al subsecretario de Telecomunicaciones,
Pedro Huichalaf que se pronuncie sobre el retraso en la tramitación del
proyecto de Superintendencia de Telecomunicaciones, dentro del cual está
contemplado la derogación del artículo 36 b, letra a), que penaliza la
radiodifusión sin licencia.
Pese a tener
acuerdo entre el Ejecutivo, ARCHI y las radios comunitarias, el proyecto aún
está detenido en la comisión de Hacienda del Senado para su despacho final a
sala de la Cámara Alta. A propósito de esto solicitamos a la autoridad terminar
su tramitación, o de lo contrario, presentar un proyecto de ley de artículo
único para derogar este artículo, que está presente en nuestros cuerpos legales
desde 1994.
El subsecretario de
Telecomunicaciones, Pedro Huichalaf, se comprometió públicamente ayer a buscar
la mejor y más pronta salida para derogar este artículo, que considera decomiso
de equipos, multas onerosas y penas de cárcel para radialistas involucrados, de
hasta 5 años y un día.
Junto con valorar
este anuncio, que esperamos no sea una nueva promesa incumplida del gobierno en
materia de comunicaciones, respetamos la decisión de Radio Manque de no aceptar
la suspensión condicional, cuando sean citados a la formalización. Es decir,
aceptarán ir a juicio contra el Estado chileno haciendo prevalecer su derecho a
la comunicación por sobre su infracción al uso del espectro radioeléctrico,
cuando no existen en Chile marcos regulatorios democráticos, equitativos y no
discriminatorios.
En efecto, según
indican los Estándares de libertad de expresión
para un radiodifusión libre e incluyente (2010) de la Relatoría de Libertad
de Expresión de la OEA "en diversas oportunidades la CIDH y la Corte
Interamericana han advertido que resultan sumamente gravosas para la libertad
de expresión las respuestas que establezcan sanciones penales. En tanto existan
medidas alternativas y menos restrictivas de la libertad de expresión, que la
previsión y tipificación penal de conductas, que impliquen la violación de la
regulación sobre radiodifusión, éstas no deberían dar lugar a respuestas de
tipo penal".
octubre, 2015
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